Apropiación colectiva de tecnologías digitales para garantizar abortos. Reflexiones sobre el caso argentino
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Autor/es:
Eje: Acción colectiva: organizaciones y movimientos sociales
Palabras clave: Apropiación colectiva de tecnologías digitales | feminismo | abortos
Mesa: Acción colectiva: organizaciones y movimientos sociales
Resumen:
A fines de 2020, en pleno proceso de la pandemia por covid-19, el Congreso argentino aprobó la ley que garantiza la interrupción legal de embarazos hasta la semana 14, fruto de las acciones colectivas feministas durante décadas en torno a tal objetivo. Hasta entonces, solo dos causales quedaban exceptuadas de penalización (problemas para la salud de la mujer y embarazo producto de violación). Sin embargo, desde hace más de una década en el país y otros de la región, funcionaban estrategias específicas de circulación de información para acceder a interrupciones autoadministradas de embarazos en los hogares así como acompañamientos telefónicos a cargo de activistas socorristas.
Al respecto, en esta presentación interesa reconstruir los principales trazos de una genealogía feminista de apropiación de tecnologías digitales en el proceso de informar y acompañar interrupciones de embarazos, junto a ciertas dificultades, que incluye tres dimensiones entrelazadas. En primer lugar, sintetizar la aparición pública de información en sitios de internet (blogs y foros de discusión) hacia mediados de la primera década del siglo XXI, en torno a procedimientos con medicamentos (en particular, el misoprostol, aprobado por la OMS) para realizar interrupciones de embarazos desde los hogares, en ocasiones, denominada “telemedicina”, junto al uso público de líneas telefónicas específicamente para responder consultas y facilitar información en América Latina. En segundo lugar, desarrollar de modo breve los preceptos feministas desafiantes de las normas patriarcales en sociedades latinoamericanas que restringen y penalizan las interrupciones de embarazos en instituciones públicas, salvo en casos excepcionales, así como la creación de dispositivos específicos para sortear dichas prohibiciones mediante procedimientos bimodales: presenciales y telefónicos, donde se facilita información tanto como acompañamiento en casos requeridos. En tercer lugar, vincular la posibilidad de difusión y circulación de esta información en carácter de contrapúblico feminista dual, con las principales transformaciones en el campo tecnológico y los dispositivos de información y comunicación disponibles (accesibilidad a líneas de telefonía celular, costos de las llamadas, cargas solidaridad de crédito, portabilidad, etc.). Por último, reseñar una serie de dificultades que encontraron los grupos feministas en su devenir en particular para sostener presencia pública en sitios digitales.